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LOS GASTOS RESERVADOS EN EL GOBIERNO NACIONAL

IV. OTROS GASTOS CON CARACTERISTICAS ESPECIALES

Dentro del universo de partidas presupuestarias establecidas dentro del clasificador existen otras, a parte de las mencionadas ut supra, que se apartan de las características generales tanto del clasificador como de los sistemas de rendición general de gastos.

El clasificador a nivel de partida subparcial, tal cual los autoriza el decreto distributivo especifica claramente en qué deben ser utilizados los recursos. Por ejemplo dentro del inciso 2 - Bienes existe la partida subparcial 211 - Alimentos para personas y la 212 - Alimentos para animales, el gasto autorizado allí, prima facie, debe ser realizado en esos bienes y no en otros. Sin embargo, al final de cada conjunto de partidas existe una con numeración 9 (p.e. 219 - Otros no especificados precedentemente). Los gastos habilitados en este último renglón si bien deben ser rendidos normalmente con alguna factura u otro soporte material de información pueden ser utilizados en cualquier renglón dentro de la misma partida; en el ejemplo utilizado serviría tanto para comprar chorizos como avena.

Otra situación anómala de características más criticables que la anterior es una partida creada por el Decreto 838/94 por el Poder Ejecutivo Nacional denominada 3.9.4 - Gastos protocolares.13 Dichos gastos son asignados a los funcionarios y los mismos sólo deben rendirlos mediante recibo pudiendo disponer de la cifra entregada con libertad. El decreto aparta estos gastos de las normas de contabilidad generalmente aceptadas estableciendo que los mismos se "liquidarán sin el requisito de la rendición de cuentas", con lo cual se pueden comprar desde nafta hasta contratar una banda de mariachis. Estos gastos suman en los decretos distributivos para 1995 $7.865.500 siendo las estrellas el Ministerio de Economía con $3.000.000 y la Secretaría General de la Presidencia con $1.000.000.

Si bien estos gastos no tienen las características de los reservados y/o secretos es necesario normalizarlos o contenerlos dentro de las reglas generales de rendición.

Sorprendentemente el Poder Ejecutivo mediante un decreto secreto ha autorizado un nuevo sistema de viáticos de los funcionarios públicos, la imposibilidad de acceder a la norma impide saber si en este caso también se ha estipulado alguna excepcionalidad extraña a este tipo de erogaciones, más allá que las que sus propias características aconsejan.

Notas:

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